jueves, 3 de diciembre de 2020

Carta a la Excma. Sra. Dña. Isabel Celaá, Ministra de Educación y Formación Profesional


Estimada Sra: refiriéndose al rechazo de millones de personas a la LOMLOE (ley Celaá), le he oído declarar que todas esas manifestaciones y declaraciones responden a un "hackeo de la mente" con "mentiras" y "manipulaciones mediáticas". 

Yo estoy hecho un lío. No sé si creerla o no. Voy a salir de dudas haciéndole unas preguntas. Si las respuestas son afirmativas, me creeré lo que usted dice sobre esta ley. Si las respuestas son negativas, no tendré más remedio que no creer lo que declara. Ahí van esas preguntas: 

1ª ¿Puedo elegir centro educativo, independientemente de su ideario, teniendo las mismas ayudas económicas, por parte del Estado, y así tener las oportunidades educativas y formativas tal y como se indica en el preámbulo del borrador del proyecto de ley (bpl)? 
Tengo dudas sobre la conciliación entre lo que la Administración regule y mi libertad de elección (ver punto 53 del bpl).

2ª Como español ¿puedo estudiar el castellano con profundidad y rigor, dentro del currículum escolar, dando prioridad en tiempo –dentro del horario escolar– al castellano sobre otras lenguas, en el centro que yo elija?
No sé si este derecho se me da en el centro que elija, dentro de todo el territorio español, o en el que se me asigne, aunque no sea elegido por mí (ver punto 89 del bpl y la dtp 2d).

3ª ¿Se me respetan mis creencias religiosas, pudiendo objetar en la/s asignatura/s de “valores”, “ética” “ciudadanía”…o algo parecido, que vaya en contra de mis convicciones morales, sin que ello perjudique a mi opción de becas, expediente académico, etc.? 
(Ver final párrafo 43 del preámbulo del bpl).

4ª ¿Se puede optar por un centro de enseñanza diferenciada, con los mismos derechos que si se eligiese un centro público o no diferenciado?
El bpl hace referencia a que las subvenciones se adecuarán a los criterios generales que establezcan las disposiciones del Estado (ver punto 77 quáter e). Llama sospechosamente la atención que se haya omitido la continuación del párrafo que se incluía en el art. 116 de la LOE: “…sin que la elección de centro por razón de su carácter propio pueda representar para las familias, alumnos y alumnas y centros un trato menos favorable, ni una desventaja, a la hora de suscribir conciertos con las Administraciones educativas o en cualquier otro aspecto”. 
Además, en los puntos 53.1, 54.2 y 55.1 se dice: “…se dispondrán las medidas necesarias para evitar la segregación del alumnado por motivos socioeconómicos o de otra naturaleza”. ¿A qué se está refiriendo cuando dice “de otra naturaleza”?

5ª ¿Se puede estudiar en el centro que elija, de los llamados “centros de Educación Especial”, bien públicos o de iniciativa social, con los mismos derechos que obtendría en un centro público? ¿Me afirma que los centros de iniciativa social no desaparecerán y contarán con la financiación pública?
De la lectura del punto 50.3 del bpl, interpreto (ya me dirá usted si estoy equivocado) que los alumnos de estos centros se derivarán a centros ordinarios, cuando comenta que la escolarización se hará en el “más inclusivo”. Parte de este texto dice así: “… Dicha evaluación permitirá proporcionar la orientación adecuada y modificar la atención educativa prevista, así como el régimen de escolarización, que tenderá a lograr la continuidad, la progresión o la permanencia del alumnado en el más inclusivo”.

6ª ¿Puedo contar con la ayuda de profesionales de la inspección educativa, que hayan superado las oposiciones correspondientes para conseguir plaza como funcionarios del Estado?
El bpl habla, hasta en ocho ocasiones, de la inspección, pero no comenta quién la ejercerá. Me preocupa una vuelta a un pasado con inspectores políticos, designados a dedo por el gobierno de turno.

7ª En mi opción por un centro educativo, ¿se me garantiza la calidad de la educación, sin que se me discrimine por razón de nacimiento, sexo… o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, teniendo las mismas ayudas económicas que en cualquier otro centro educativo? O sea, ¿podré estudiar en un centro diferenciado? 
(Ver punto 1 a bis).

Por último, quiero agradecer su interés por la Formación Profesional. A ver si, de una vez por todas, conseguimos que goce del prestigio que se merece. También quiero agradecer su interés por la infancia, al hacer referencia a la Convención sobre los Derechos del Niño. Ya que, como usted bien sabe, dan la importancia debida a los padres en sus puntos 5 y 18 –a los que no hace referencia el bpl– que en, resumen, y dirigiéndose al niño, dicen:

Punto 5: Las autoridades deben respetar las responsabilidades, derechos y deberes de tus padres y los de las personas que sean responsables de tu educación. Tu familia tiene la responsabilidad de ayudarte a ejercitar tus derechos.

Punto 18: Tu familia es la responsable de tu educación y desarrollo y debe actuar pensando en tu interés. Las autoridades darán ayuda cuando sea necesario.

En espera de sus respuestas, reciba un afectuoso saludo.

                                           
                         Antonio Ares Rodríguez
                         aaresr@gmail.com

P.D. Como la carta es pública, sus respuestas a esta carta pueden ser también públicas, por el medio que considere conveniente. Entre ellos, mi propio blog. Gracias.

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